
La Unidad Vitícola permite realizar las siguiente operaciones:
Autorización de arranque de viñedo
Acreditar la condición de viticultor/a o explotador/a efectivo de la parcela. Se considerará que se cumple cuando se haya presentado, al menos, la declaración de cosecha de la parcela que se solicita arrancar en la campaña inmediatamente anterior a la solicitud de arranque. A estos efectos, no se considerarán válidas las declaraciones de cosecha con producción declarada nula cuando se correspondan con parcelas incorporadas a la explotación del solicitante en el año natural inmediatamente anterior al de solicitud del arranque.
Excepciones a la obligación de haber presentado la declaración de cosecha para los solicitantes que:
a. Hayan adquirido la parcela a arrancar en propiedad entre el 1 de agosto del año anterior al de solicitud de arranque y como máximo a fecha de presentación de la solicitud.
b. Para los que se pueda comprobar que la parcela objeto de arranque ha pertenecido a su explotación durante, al menos, las últimas cinco campañas vitícolas anteriores a la solicitud.
Conversión de derechos
Autorizar la plantación de superficies de viñedo en el ámbito territorial de Castilla La Mancha a los solicitantes que sean titulares de derechos de replantación en Registro vitícola.
Consulta de Registro Vitícola
Acceso a la Unidad Vitícola