GELIBO Libros de bodega
La publicación de la Orden 50/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las disposiciones de aplicación relativas al registro de entradas y salidas que se ha de llevar en el sector vitivinícola regula, entre otras cuestiones, la digitalización del tradicional libro de bodega en papel.
Desde la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se ha puesto en funcionamiento una aplicación informática para que los operadores del sector vitivinícola obligados a llevar estos libros puedan realizar las anotaciones pertinentes. Esta aplicación se denomina GELIBO y permite la anotación directa en la interfaz o la comunicación de los datos mediante un sistema API de interconexión.
Se contempla un periodo voluntario de uso hasta el 31/07/2027, pasando a ser obligatorio su uso a una vez finalice el mismo.
Todos los operadores que deseen utilizar la aplicación en periodo voluntario han de presentar la correspondiente solicitud, tal cual se regula en la Orden 50/2026, de 7 de abril.
Para cualquier duda:
Albacete: controldecalidadab@jccm.es
Ciudad Real: movimientovino-cr@jccm.es
Cuenca: movimientovino-cu@jccm.es
Guadalajara: calidadagroalimentariagu@jccm.es
Toledo: fraudesagto@jccm.es
Se recomienda el uso de GOOGLE CHROME para el programa.
¿Cuál es mi usuario?
Recuerde que la casi todos los sistemas de la Consejería usan un sistema único de identificación, si ya dispone de usuario para otros sistemas: SGA, RECAVIN, DECOVI,... el usuario es el mismo. Importante debe tener perfil para esta aplicación, en caso de no tenerlo por favor lea el texto de la página http://apliagri.castillalamancha.es/gelibo
No puedo realizar entradas en mis libros
Antes de realizar una entrada deben estar dados de alta los recipientes en la campaña correspondiente, ya que si no existen recipientes no puede realizarse ninguna anotación en GELIBO. Si esta no es la causa, habría que realizar la correspondiente consulta.
No puedo realizar salidas en mis libros
Para realizar una salida debe haber existencias en las entradas del correspondiente libro. Si no existe ningún apunte en entradas no se pueden realizar salidas. Si esta no es la causa, habría que realizar la correspondiente consulta.
Proceso de anotación, envío y consolidación en GELIBO:
Se compone de 3 pasos, que son los siguientes por orden cronológico:
1. Anotación. Este paso dejará los asientos en estado “Sin Envío”.
2. Envío. Este paso pasará los asientos que estén en estado “Sin Envío” a estado “Registrado”. Equivale a un Registro Único ante la administración. El que un asiento esté “Registrado” no quiere decir que esté finalizado el proceso, sino simplemente que se ha presentado en plazo.
3. Consolidación. Este último paso pasará los asientos previamente Registrados a estado “Consolidado” o bien a estado “Error de Consolidación”, en función del resultado del proceso de validaciones internas del programa para comprobar la coherencia básica de trazabilidad y volúmenes. Los asientos quedan anotados correctamente en el estado “Consolidado”, es decir, son coherentes en cuanto a trazabilidad y volumen de los recipientes.
¿Qué un asiento esté “Consolidado” significa que está totalmente correcto?
Se considera que un asiento “Consolidado” está correctamente anotado en los libros, lo que no implica que no pueda suponer un incumplimiento de la normativa vigente.
Ejemplo: Se realiza una manipulación consistente en la corrección de alcohol de vino y se pasa un vino inicial de 14%vol. a 9%vol. Como la norma establece que lo máximo que se puede reducir el contenido de alcohol es un 20%, el asiento podría estar “Consolidado”, pero la práctica incumple la normativa vigente.
Plazos para que los asientos estén en estado Consolidado en GELIBO
- Plazo general: Un mes desde que se produjo el hecho anotable para que el asiento esté en estado “Consolidado”. Ejemplo: se produce una entrada de una cisterna de mosto el 15-febrero. El plazo para que este asiento esté en estado “Consolidado” finaliza el 15-marzo a las 23:59:59.
- Plazo especial en campaña: aplica desde el 1 de agosto hasta el 10 de diciembre incluido. El plazo para que un asiento esté en estado “Consolidado” depende de si se ha hecho la expedición del producto:
o Lotes no expedidos a 10 de diciembre: El plazo va hasta el 10 de diciembre de esa campaña. Ejemplo: se produce una entrada de uva el 10 de agosto. El plazo para consolidar este asiento finaliza el 10 de diciembre.
o Lotes expedidos hasta el 10 de diciembre (excepto orujos y lías): un mes desde que se produce el hecho anotable (plazo general). La consolidación comprende la totalidad de la cadena de trazabilidad desde la entrada de uva.
Ejemplo 1: se produce una salida de una cisterna de mosto recién estrujado (de la pileta) el día 2 de septiembre. El plazo para consolidar finaliza el 2 de octubre.
Ejemplo 2: se produce una salida de una cisterna de mosto el día 15 de noviembre. El plazo para consolidar finaliza el 15 de diciembre.
o Orujos y lías expedidos hasta el 10 de diciembre: El plazo va hasta el 10 de diciembre, de esa campaña:
Ejemplo 1: se produce una salida de orujos el día 2 de septiembre. El plazo para consolidar finaliza el 10 de diciembre.
Ejemplo 2: se produce una salida de lías el día 15 de noviembre. El plazo para consolidar finaliza el 15 de diciembre.
¿Es posible modificar o anular asientos en estado “Consolidado”?
Sí, es posible modificar y anular asientos en estado “Consolidado”, tanto en dentro del plazo de consolidación como fuera de él. La diferencia es que si la modificación/anulación se produce dentro del plazo de consolidación no hay ningún incumplimiento, mientras que si se produce una vez transcurrido dicho plazo podrían verse afectados por la aplicación de las infracciones contempladas en la normativa reguladora.
¿Cuándo me permite GELIBO modificar el número de lote de un producto?
GELIBO permite modificar el número de lote en cada uno de los asientos de entrada.
Porcentaje de las variedades declaradas
GELIBO no te obliga a completar el 100% de las variedades al darlas de alta. No obstante, hay que tener en cuenta que se debe cumplir con la normativa sobre la indicación de variedad si se quiere etiquetar/expedir con dicha indicación. Por tanto, el porcentaje a cumplimentar debería ser el que exige la norma para poder usar esa mención.
Salidas por venta al por menor directamente en la tienda de la bodega.
Se pueden registrar las ventas al por menor como un total mensual siempre que se cumpla:
• El vino debe estar embotellado en envases de 10 litros o menos.
• Las botellas deben tener un cierre que no se pueda volver a usar.
• Cada venta individual debe ser de menos de 100 litros. Si supera los 100 litros, se debe anotar de forma separada.
Esta anotación únicamente se habilita el último día de cada mes. Hay que tener en cuenta que la anotación debe hacerse por cada lote diferente de producto.
Ejemplo 1 (Todo en un solo asiento): En marzo una bodega vende 568 botellas de 0,75 litros del mismo lote de vino. Ningún cliente compró más de 100 litros.
o El 31 de marzo se hace una sola anotación de salida por 426 litros.
Ejemplo 2 (Venta grande por separado): En abril una bodega vende 1.115 botellas de 0,75 litros en total del mismo lote de vino. Pero un cliente compró 140 botellas juntas (105 litros). Como esa venta supera los 100 litros, se separa.
o El 30 de abril se hace una anotación mensual por el resto de las ventas: 731,25 litros (975 botellas).
o La venta de las 140 botellas se registra aparte como un movimiento individual de "Expedición de producto".
¿Qué hacer cuando hay una diferencia de entre la cantidad real y la que aparece en un documento de acompañamiento?
Ha de anotarse la cantidad real que se recepciona en bodega, puesto que pueden haberse producido mermas en función de la duración del transporte y las condiciones del mismo.
Cuando puedo solicitar la baja de los libros 10 y 11 de mi instalación.
Según la Orden 50/2026, de 7 de abril.
En el artículo 5.1:
Las nuevas instalaciones dispondrán en Gelibo de los libros de registro 0, 1, 10 y 11, que se darán de alta de oficio desde el otorgamiento del NIDPB. Aquellas instalaciones que por su funcionamiento no precisen del uso de alguno de esos libros de registro podrán solicitar la baja mediante el formulario previsto en el anexo I.
La solicitud ha de estar justificada por el funcionamiento habitual de la instalación, no por el hecho puntual de una campaña.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que los libros que no tengan movimiento durante una campaña, solo habrá que enviar el cierre.
¿Cuándo se debe hacer un asiento de entrada con maceración carbónica?
Se debe registrar la entrada como maceración carbónica si las uvas entran a depósito con el raspón (uvas enteras), sin haber sufrido despalillado ni estrujado.
Si las uvas han pasado por un proceso de despalillado y/o estrujado, se deben anotar como productos procedentes del estrujado/despalillado de la uva y, en el asiento correspondiente, se indicará si el inicio de fermentación se realiza en presencia/ausencia de orujos.
Como proceder si tengo que anular un asiento de salida ya registrado o consolidado.
Hay que realizar tres acciones para que este asiento quede correctamente:
1. Se anula el asiento de salida que corresponda.
2. Se vuelve a crear el asiento de salida, partiendo de la entrada anterior.
3. Se modifica la entrada o entradas posteriores, seleccionando el botón de editar y cambiando al IUS correspondiente, dentro de los que aparecen en el desplegable para que coincida con la salida nueva. Gracias a este segundo paso evitaremos la aparición de un error de consolidación por parte de trazabilidad entre una salida y su entrada o entradas posteriores, que es por el IUS.
Como proceder si tengo que anular un asiento de entrada ya registrado o consolidado.
Se hace de forma análoga al caso anterior, pero teniendo en cuenta que no es necesario hacer el paso 3 antes indicado, puesto que tanto si es una Entrada directa desde otra instalación como si se trata de una Entrada que proviene de una Salida, el IUS no habrá cambiado.
¿Qué hacer si el resultado de una consolidación es un error 1000?
Los errores 1000 son excepciones no controladas, por lo que han de notificarse a Informática directamente. En estos casos, debe realizar una solicitud utilizando el siguiente enlace: https://consultasadmin.castillalamancha.es/consultas-administracion?gru…
Debe describirse lo mejor posible la actuación que se estaba realizando cuando surgió el error 1000 incluyendo el nº de la consolidación en la que sucede.
¿Cómo realizar la anotación de parcelas de otras comunidades autónomas?
Las parcelas de otras comunidades se anotan exactamente igual que las de Castilla-La Mancha. Se deben introducir los datos de: provincia, municipio, polígono, parcela y subparcela. La única diferencia es que:
• No hay cruce de datos: El sistema no puede contrastar estas parcelas con su Registro Vitícola de origen.
• No hay avisos en caso de error: GELIBO no avisará si los datos de la parcela no coinciden con su Registro Vitícola, algo que sí hace automáticamente con las parcelas de Castilla-La Mancha.
¿Cómo anoto el producto que desecho de la mesa de selección de uva?
Toda la uva que entre en bodega ha de estar contemplada en un asiento de salida de uva.
En los casos de las mesas de selección, si el excedente sale de la instalación para un uso no relacionado con la elaboración (alimentación animal, abonado...etc.) se realizará un asiento de salida externa/expedición de producto.
El NIF del destinatario de esa salida externa puede ser el de la misma empresa, en caso de autoempleo. Se recomienda utilizar el campo observaciones para indicar el destino de esa uva.
¿Es posible renombrar los depósitos?
Según la Orden 50/2026, de 7 de abril.
En el artículo 8.5:
La identificación de estos recipientes y su volumen nominal deberán coincidir con la marcada de forma indeleble en el propio recipiente, en cumplimiento del artículo 11.1 del Real Decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.
De lo anterior se deduce que es algo que puede ocurrir en bodega, si bien en función del tipo de recipiente las casuísticas serán diferentes:
o Depósitos: suelen estar identificados de forma indeleble, es decir, de forma imborrable y permanente, por lo que no será habitual que cambien de denominación, aunque no es imposible.
o Grupos de barricas y jaulones/botelleros: en este caso la identificación en bodega suele ser con un cartel que permite identificar, especialmente en el caso de las barricas, aquellas que en cada momento contienen el mismo lote de vino. Por tanto, en este otro caso será mucho más habitual el renombramiento y reagrupación de estos tipos de recipientes.
¿Se pueden dar de alta grupos de depósitos?
Según la Orden 50/2026, de 7 de abril.
En el artículo 8.5, se podrán dar de alta de forma agrupada:
En el caso de los recipientes con un volumen que no supere los seiscientos litros, llenados con el mismo producto y almacenados juntos bajo el mismo lote, el marcado de los recipientes podrá sustituirse por el del lote entero, a condición de que dicho lote esté claramente identificado y separado de los otros.
Esta norma está claramente enfocada a los grupos de barricas y botelleros, si bien también sería posible para pequeños depósitos que no superen 600 litros de capacidad, siempre que contengan el mismo lote de vino y estén claramente identificados y separados del resto de recipientes.
¿Se pueden crear depósitos genéricos o ficticios?
No, los depósitos que se den de alta en GELIBO deben poder comprobarse físicamente en la instalación.
¿Con qué fecha puedo crear un recipiente?
Los recipientes han de darse de alta la campaña que estén disponibles para su utilización o, en el caso de compra de nuevo depósitos/barricas/botelleros, en la fecha en la que estén disponibles para su uso. El programa no permite dar de alta un recipiente para la campaña 25/26 antes del 1 de agosto de 2025.
¿Cómo anoto las barricas que ya tengo en proceso de envejecimiento?
Si el vino ya estaba en las barricas antes de que la bodega empezara a usar GELIBO, se deben registrar siguiendo estos pasos:
1. Alta de las barricas (como recipiente que son) en el libro de recipientes con fecha de inicio de campaña en la que se vaya a realizar la anotación.
2. En el libro correspondiente a la calidad del vino que está en las barricas se realizará asiento de existencias iniciales de ese lote, indicando el recipiente correspondiente (las barricas que previamente se han dado alta).
Aunque no es obligatorio, en el campo de Observaciones se puede indicar la fecha real en la que se llenaron esas barricas por primera vez.
Es obligatorio conservar los libros en papel donde estaba anotada la entrada original del vino para justificar y seguir toda su trazabilidad.
¿Cómo doy de alta un botellero/jaulón?
Puede darse de en alta según la utilidad que se le vaya a dar a los jaulones, en su totalidad si se van a destinar al mismo producto, o bien en distintos recipientes si van a albergar distintos lotes.
Modificación de recipientes. Ejemplo: Grupos de barricas
Cuando se usa un grupo de barricas (Grupo 1) para un mismo lote de vino, se pueden vaciar algunas barricas (expedición de parte de producto, mezcla con otro lote, etc) y dejarlas vacías dentro de ese mismo grupo. No es necesario cambiar esas barricas de lote, aunque estén vacías.
Sin embargo, si esas barricas vacías se van a utilizar para contener un vino con un lote diferente, se debe realizar la modificación del grupo de barricas de la siguiente forma:
1. Modificar el Grupo 1: Restar el número de barricas vacías y actualizar su volumen total. Esto se hace en el registro de recipientes.
2. Crear un Grupo 2: Dar de alta un grupo nuevo con las barricas que salieron del Grupo 1. A este Grupo 2 pueden añadirse otras barricas de otros grupos siempre que pasen a formar parte del Grupo 2.
3. Hacer el asiento correspondiente mediante un trasiego del vino desde el recipiente correspondiente hasta el Grupo 2.
En la parte de abajo de la pantalla de cada recipiente, podrás ver un Historial con todos los cambios que has realizado.
Cambio de propietario de producto embotellado y etiquetado.
Si el nuevo propietario es un operador REOVI, se realizará el asiento de cambio de titularidad. En cambio, si el nuevo propietario es un distribuidor, no será necesario este tipo de asiento, y lo que se anotará será una salida tipo-Expedición de producto sin documento de acompañamiento y con destinatario el distribuidor que adquiere el producto.
¿Qué lote lleva una expedición de subproductos?
Si la salida es de un solo lote, este se mantendrá.
Si se trata de una salida múltiple, se puede poner el lote de cualquiera de los asientos de entrada que forman esa salida múltiple.
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