Declaración del Cultivo del Cañamo campaña 2022
27-01-2022
A efectos de pago básico se considera admisible, declaradas con:
- Producto 86, Cáñamo para fibra.
- Producto 357, Cáñamo no textil.
Resumen de requisitos:
- Sólo se podrán utilizar semillas certificadas
- Estas variedades solo serán admisibles si tienen un contenido de tetrahidrocannabinol no superior al 0,2%. El cultivo debe mantenerse en condiciones normales de crecimiento, y de acuerdo con las prácticas locales hasta como mínimo diez días después de la floración, a fin de permitir la realización de este control,
- Indicación de las variedades y cantidades de semilla utilizadas (en kg por ha) (presentará las etiquetas oficiales utilizadas en los envases de las semillas)
- Además, el agricultor deberá presentar prueba de la existencia de un contrato con la industria transformadora a la que se destine su producción o autorización de cultivo emitida por Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.